
PROHIBIDO,EN UN PUEBLO DE JALISCO,
HACER TORTILLAS A MANO
EL MUNICIPIO DE TALA ES GOBERNADO POR EL PRD
NOTA PERIODISTICA
Guadalajara, Jal., 21 de septiembre. San Isidro Mazatepec, comunidad de 4 mil habitantes ubicada en el municipio de Tala, Jalisco, es el único lugar del mundo donde elaborar, comprar o vender tortillas hechas a mano es un delito. Así, la policía aplica operativos para combatir lo que podría denominarse tortimenudeo.
El 25 de julio de 2007 el gobierno municipal que encabeza el perredista Cipriano Aguayo Durán aprobó el reglamento para el funcionamiento de tortillerías y molinos de nixtamal en el municipio de Tala, Jalisco, elaborado por iniciativa de 52 propietarios de tortillerías ante la “competencia desleal” de los habitantes de San Isidro. La regidora perredista Martha Lomelí, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del ayuntamiento, llevó la propuesta ante el cabildo.
El artículo 4 del reglamento prohíbe “la elaboración y venta de tortillas de maíz en cualquier lugar que no sea el utilizado por licencia municipal como tortillería y/o molino de nixtamal”. El 31 declara ilícita “la venta de tortilla caliente en tiendas de abarrotes, mercados, supermercados o en cualquier otro domicilio público o particular que no cuente con la licencia respectiva, así como la venta de tortilla caliente en forma ambulante”. Ambas disposiciones prevén multas, decomiso de producto y clausura de establecimientos.
El 25 de julio de 2007 el gobierno municipal que encabeza el perredista Cipriano Aguayo Durán aprobó el reglamento para el funcionamiento de tortillerías y molinos de nixtamal en el municipio de Tala, Jalisco, elaborado por iniciativa de 52 propietarios de tortillerías ante la “competencia desleal” de los habitantes de San Isidro. La regidora perredista Martha Lomelí, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del ayuntamiento, llevó la propuesta ante el cabildo.
El artículo 4 del reglamento prohíbe “la elaboración y venta de tortillas de maíz en cualquier lugar que no sea el utilizado por licencia municipal como tortillería y/o molino de nixtamal”. El 31 declara ilícita “la venta de tortilla caliente en tiendas de abarrotes, mercados, supermercados o en cualquier otro domicilio público o particular que no cuente con la licencia respectiva, así como la venta de tortilla caliente en forma ambulante”. Ambas disposiciones prevén multas, decomiso de producto y clausura de establecimientos.